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LA CONSTITUCION

26/07/2020 07:39
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Los presidentes de nuestro país, cuando asumen, juran defender la constitución nacional en cada una de sus partes, algunos juran por Dios, otros por el general San Martín y otros por las dudas.

Por Jorge Sosa, Redacción Jornada

La tan vapuleada Constitución que alguna vez fue mancillada por los gobiernos dictatoriales que hemos tenido que soportar en largos pasajes de nuestra historia reciente, que se pasaron por el dorso lo que decía la Carta Manga e hicieron con ella un triste papel olvidado.

Esa Constitución que tramaron, que elaboraron, los constituyentes de 1853 en la ciudad de Santa Fe y que rige los destinos de nuestra nación.

Pues bien, la Constitución tiene un artículo fundamental dentro de su estructura que es el artículo catorce donde están agrupados los derechos que tienen todos los habitantes de este bendito país.

Sería importante que recordemos su contenido:  Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Pues con esta pandemia se han vulnerado algunos pasajes de un artículo tan clarito y tan explícito en sus definiciones. Lo del derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita ha quedado un tanto postergado porque hay muchos que no pueden ir a trabajar, que tienen que conformarse con esperar a poder y entonces se diluye la letra del artículo, se hace chiquita, casi inentendible.

Con respecto a navegar y comerciar. También está restringida. En nuestra provincia no podemos navegar salvo que armemos un buque en el Lago Potrerillos y vayamos a vender productos de una costa a otra del lago.

Vamos con eso de peticionar a las autoridades, salvo que lo hagamos por vía telefónica no tenemos otra oportunidad. En diversas ocasiones hemos salido a la calle a hacer manifiesta nuestras protestas y se han armado suculentas manifestaciones con una finalidad clara de reivindicaciones. Pues ahora no se puede. No está permitida la reunión de grupos numerosos y de haberla todos pueden ser sancionados.

La parte donde dice entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino es una entelequia, porque no podemos hacer nada de eso salvo permanecer, pero permanecer en nuestros domicilios sin pensar en grandes distancias.

Cuando habla de profesar libremente su culto habría que tachar la palabra libremente porque no se puede ir a las iglesias como ocurría antes. Las iglesias están cerradas para aquellos que profesen cualquier fe.

Por último el artículo incluye el derecho de enseñar y aprender. Que ha sido bastante alterado en esta época porque se puede enseñar y aprender a la distancia, solamente, y esto va en contra de lo que la Constitución considera enseñanza tradicional.

En definitiva la pandemia ha alterado tanto el artículo 14, no les digo nada del 14 bis, de tal manera que habría que hacer otra Asamblea Constituyente para adaptarla a los tiempos que corren.

Tenemos Constitución, es cierto, pero ni los que juraron por ella pueden aplicarla.

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