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La Corte Suprema analizará la inconstitucionalidad del DNU a petición del Gobierno de La Rioja

La determinación del tribunal superior se origina a raíz de la solicitud del Gobierno de La Rioja, presentada este viernes, en la cual requirió la declaración de "inconstitucionalidad manifiesta" del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.

Redacción
29/12/2023 14:16
Los miembros de la Corte Suprema analizará el DNU tras la feria judicial de verano.
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La Corte Suprema de Justicia ha aceptado examinar la solicitud presentada hoy por el gobierno de La Rioja, que busca que se declare inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el presidente de la Nación, Javier Milei.

La máxima instancia judicial recibió en sus oficinas de juicios originarios la petición formulada por el Gobernador Ricardo Quíntela para obtener una declaración sobre la inconstitucionalidad del mencionado DNU.

Mediante una decisión concisa de una sola página, la Corte anunció que "estudiará" la presentación después del receso de enero. No obstante, durante este período, el expediente pasará a manos del Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, quien deberá emitir un dictamen.

El dictamen de Casal determinará si la Corte tiene o no competencia para abordar el asunto y posteriormente evaluará la constitucionalidad del DNU. Es importante destacar que su dictamen no es vinculante, lo que otorga al Tribunal la libertad de adoptar un criterio diferente.

Paralelamente a la acción declarativa, el Gobierno de La Rioja ha presentado una medida cautelar. Esto confiere a la Corte la facultad de revocar el DNU, independientemente de la declaración de su inconstitucionalidad.

Mientras tanto, con la feria judicial ya en marcha desde el mediodía de este viernes y las funciones judiciales reanudándose en febrero, existen otras presentaciones solicitando la inconstitucionalidad en los fueros Contencioso Administrativo Federal y del Trabajo.

No obstante, estos tribunales aún no han habilitado la feria para tratar los respectivos amparos y, en caso de no hacerlo, la decisión recaerá en manos de la Corte Suprema de Justicia.

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