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El DNU de Milei, si no es inconstitucional, tiene valor de Ley y puede derogar leyes

Así lo dio a entender en Radio Jornada, Víctor Ibañez, ex Ministro de Gobierno de Mendoza

Redacción
21/12/2023 11:52
Ibañez explicó técnicamente los DNU y sus efectos
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El abogado constitucionalista que ahora coordina a asesores del Senado de la Nación, habló en el programa Lado A, conducido por Luis Abrego y explicó en detalle cómo funciona el sistema de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y cómo se valida o rechaza en el Poder Legislativo.

"El Decreto de Necesidad y Urgencia es una atribución que tiene el presidente donde lo que va a regular es materia que por definición, le corresponde al Congreso Nacional. Por eso, algunos lo denominan "decretos leyes". ¿Cuándo puede hacerlo? se preguntó. Y explicó: Cuando lo que tiene que decidir es materia legislativa, pero  no hay tiempo material para que se lleve adelante el proceso de sanción y formación de ley entre las Cámaras. Eso es lo que habilita" aseguró.

"Los decretos de necesidad y urgencia no son ni buenos ni malos. No son personas que nos encontramos en la esquina y nos tratan bien o mal. Son instrumentos que deben ser correctamente bien utilizados. "Existen cuatro materias sobre las cuáles, jamás el presidente puede dictar un DNU. Son en el ámbito tributario, penal, régimen de partidos políticos y régimen electoral. Hay pase lo que pase, no puede dictarlas" añadió.

Al ser consultado sobre si un decreto puede derogar la ley, el ex Ministro de Gobierno dijo: "Un decreto bajo las condiciones establecidas en el marco legal, si no es inconstitucional, tiene un valor legal. Puede modificar una ley"

Y prosiguió: "Ahora el decreto debe ingresar a la comisión Bicameral permanente, que es donde se realiza el análisis en lo formal y procedimental como de fondo. Que puede darse que lo formal sea correcto, pero en la materia regulada tenga alguna disposición inconstitucional"

El contenido visualiza  aspectos menos conocidos y que ya tomaron centralidad desde que Milei lanzó su "Ley Ómbibus". Por ejemplo, marca que el DNU sólo puede ser derogado si ambas cámaras lo rechazan (lo dice el artículo 24 de la ley 26.122). Este punto, remarcado en las últimas horas, genera preguntas en el seno de la política nacional.

En ese sentido, la presencia del presidente de Diputados, Martín Menem, el pasado martes cuando se reunió con los 24 mandatarios provinciales, fue un indicio de que no se ha dejado de lado la chance de que el respaldo venga por dicha vía.

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