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Video: bronca y dolor de una familia que le sacaron una nena que criaron desde bebé

04/12/2020 12:45

Hoy se viralizó un  estremecedor video de una nena de tres años que quedó en medio de una disputa judicial en Misiones. La jueza Corina Jones, del Juzgado de Familia, Número 1 de la ciudad de Eldorado, de esa provincia, fue quien ordenó darla en adopción a una pareja de policías

La escena ocurrida  ayer en la puerta del juzgado muestra cómo la policía (hombres y mujeres) forcejean con la madre adoptiva que tiene en brazos a la niña, llamada Antonella, quien también abraza a la mujer. Los familiares también rodean la escena y tratan de ayudar a los padres.

Entre gritos y manotazos, un policía  logró arrancar a la nena de la mujer que la crío desde que era una beba y corre hacia adentro del edificio de Justicia. Luego, otros policías intentan detener a la madre y la tumban en el suelo. Ella sigue forcejeando y pide por la pequeña. “¡Acá te espero Anto!”, se escucha que grita.

“Antonella fue criada por mi hermano y su mujer desde que tiene un mes de vida, se la dieron en guarda con fines de adopción”, aseguró hoy Andrea Dávalos, hermana del padre adoptivo a C5N. La gravedad de las imágenes hicieron que el video se viralizara en las redes sociales.

La niña, que nunca dejó de tener contacto con su familia de sangre, fue dada en adopción por parte de Jones a una pareja de mujeres policías, según informó La Voz de Misiones.

“No nos dieron ningún tipo de explicación, solamente citaron a mi hermano y mi cuñada al juzgado y les dijeron que lleven a Antonella. Fuimos toda la familia, no sabíamos qué iba a pasar”, explicó Andrea. Fue entonces que se dio la terrible escena en la vereda del juzgado.

“¿Nadie pensó en el daño psicológico de la nena? Antonella gritaba desde adentro por su papá y su mamá”, relató y aseguró que la pareja Dávalos la tenía “en guarda con fines de adopción”.

“Se la llevaron desvanecida, la nena no paraba de llorar, le están causando un daño psicológico irreversible. Tengo entendido que se la entregaron a dos mujeres policías de Posadas que son pareja, pero no sabemos ni dónde la llevaron, estamos desesperados”, agregó la mujer.

“Ni siquiera se la dieron a la familia biológica. Es injusto que luego de casi cuatro años, porque Antonella está por cumplir años, que deje de vivir con su familia”, cuestionó Andrea.

Tanto las familia de sangre como la adoptiva se presentaron en el juzgado a través de abogados para pedir explicaciones. “Mi hermano y cuñada hicieron todos los trámites de adopción, el mismo juzgado que les dio el bebé con solo 2 meses de vida hoy se lo quitó sin explicación”, dijo Andrea.

La opinión del Secretario de Niñez de la Nación

Consultado por el diario LA NACION, Gabriel Lerner, el secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social dijo que no sería legal sacar a una niña o niño de una familia que lo ha criado, si esa familia, aunque no sea la biológica, quiere seguir con su crianza y no hay objeciones en la Justicia para que así sea.

“Más allá de cómo haya sido el procedimiento policial, aunque no hubiese sido violento, en cualquier caso no es legal decretar la adoptabilidad de una niña que está siendo criada en su familia aunque no sean los progenitores que la están criando”, explicó Lerner, quien aclaró que no conoce el caso en detalle y no ha visto el video que pondría en cuestionamiento el violento mecanismo de la Justicia.

Así, Lerner dijo que de acuerdo al Código Civil y Comercial (desde 2014) en su artículo 607, inciso c, se determina que “la declaración judicial de la situación de adoptabilidad no puede ser dictada si algún familiar o referente afectivo del niño, niña o adolescente ofrece asumir su guarda o tutela y tal pedido es considerado adecuado al interés de éste”.

Por otra parte, el funcionario aclaró que el concepto de familia para la ley, de acuerdo al decreto 415/2006 (reglamentario de la Ley 26.061), se puede entender, además de los progenitores, por quienes “representen para la niña, niño o adolescente, vínculos significativos y afectivos en su historia personal como así también en su desarrollo, asistencia y protección” por “consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada”.

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