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Tévez intentó ocultar su reclamo para no pagar el aporte extraordinario para el Covid-19

05/05/2021 12:05

Su abogada consiguió que su pedido para evitar el pago destinado a las grandes fortunas no pueda ser consultado por cualquier persona, pese a que se trata del cuestionamiento a una ley del Congreso

El futbolista Carlos Tévez solicitó a la Justicia que restrinja el acceso al expediente en el que se opuso a pagar el aporte extraordinario dispuesto por ley para afrontar las consecuencias de la pandemia.

Así lo dio a conocer Noticias Argentinas, que precisaron que Tévez –a través de su abogada, María Eugenia Bianchi– pidió el carácter de “reservado” para su reclamo para no pagar el tributo a las grandes fortunas.

El planteo fue realizado ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal número cinco, a cargo de la jueza María Alejandra Biotti. Ese no fue el juzgado original en el que tramitó el pedido de Tévez para no pagar el aporte: la causa se inició en el juzgado cuatro, a cargo de la magistrada Rita Ailán. Pero Tévez recusó a esa jueza, sin causa (una prerrogativa que le permite la ley procesal) y consiguió que el expediente cambiara de juzgado.

La causa lleva el número 4824/21021 y en esencia cuestiona la aplicación de la ley 27.605, que estableció el pago por única vez de un aporte extraordinario de las fortunas superiores a los 200 millones de pesos (a valor fiscal) para afrontar las consecuencias de la pandemia. Tévez se resiste a desembolsar ese pago y lo objetó por vía judicial.

Por su naturaleza, y por cuestionar una ley nacional, la causa tramitó hasta hace algunos días con carácter de “público”, es decir que cualquier persona podía conocer a través del sistema judicial de consultas cómo evolucionaba el expediente y las presentaciones de todas las partes. Pero la semana anterior, Tévez pidió que su reclamo tuviera carácter secreto, y la jueza Biotti accedió al planteo.

Ahora, cualquier intento de conocer cómo evoluciona el pedido del futbolista para ser eximido de pago tropieza con una leyenda: “Expediente inexistente o no disponible para su consulta pública”.

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