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Definición de un fiscal cómplice de violación

04/06/2020 14:14
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por Emilio Vera Da Souza

En épocas de encontrar mejores definiciones a situaciones y acciones novedosas se explican nuevas palabras, incluso hasta encontrar mejores a veces se apela a palabras en otro idioma hasta ajustar el uso a una nueva costumbre…. o al revés… el uso hace que se defina mejor una novedosa forma de expresión. 

Pero otras veces, definir algo para hacerlo más confuso o para intentar morigerar acciones absolutamente definidas previamente, solo sirve para disimular conductas bien caracterizadas de antemano o para invisibilizar hechos que se intentan ocultar.

El Grandísimo Julio Florencio, decía que era como “prepararse para comer, colar las pastas y… tirar los fideos… para tomarse el agua”.

Nunca, nunca, pero nunca, de todas las consultas, notas, novelas, poesía, toda la literatura que he leído… ni la que han leído las personas a las que he consultado, ni cuando he intentado saber algo por medio de los médicos o las especialistas en salud mental a las que les he pedido que me den datos al respecto, he escuchado la definición de “desahogo sexual” en lugar de “violación” o de cualquier acción sexual sin consentimiento. 

Una violación sigue siendo una violación… y el “desahogo sexual” solo una fantasía en la mente enferma de un fiscal que busca justificar su acción de dejar impune a un grupo de criminales.

Los violadores en este caso, efectivamente tienen una protección más allá de las leyes vigentes y del tratamiento de un delito, como debiera esperarse de un fiscal, para proteger a una víctima concreta… y a toda la sociedad como víctima abstracta con esa fantasiosa definición.

Complicidad clara de un fiscal que debiera estar para actuar en la aplicación del derecho y no para justificar su propia acción de complicidad concreta.

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