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Aprobaron la modificación de la ley de la escribanía en Mendoza

La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó hoy la ley que modifica la normativa que rige el ejercicio de la escribanía en la provincia, de manera que establece quiénes pueden ejercer la profesión y regula número de escribanos por cantidad de habitantes

01/02/2024 06:44
Esto modifica la Ley provincial 3058/64 (y sus enmiendas) que hasta entonces regulaban el ejercicio de la profesión Notarial en todo el territorio de la provincia.
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La iniciativa, impulsada por Emiliano Campos (UCR-mandato cumplido), y acompañado por Germán Gómez (FdT) y Gustavo Cairo (PRO), que volvió en segunda revisión del Senado, modifica la Ley provincial 3058/64 (y sus enmiendas) que hasta entonces regulaban el ejercicio de la profesión Notarial en todo el territorio de la provincia.

"En este momento, nos encontramos frente a la necesidad de aprobar una Ley que esté en línea con las demandas de los profesionales en este campo jurídico", se fundamentó en el proyecto de ley aprobado.

Uno de los impulsores de esta norma, el ex diputado Emiliano Campos, le dijo a Télam que "los escribanos en ejercicio tienen que tener un certificado de antecedentes y mantenerlo vigente cada tanto, igual que los certificados de aptitud psicofísica, y lo más sensible que se cambia es el acceso a la función notarial".

"En la época de (el expresidente Carlos) Menem se desreguló la actividad. Hasta entonces existía el 'numerus clausus' donde hay un escribano cada determinada cantidad de habitantes. Se recomienda que haya un notario cada 5 mil a 7 mil quinientos habitantes, de acuerdo al tráfico inmobiliario de cada distrito. Cuando se desreguló la actividad hubo una super población de escribanos y el sistema empezó a funcionar mal", explicó.

"Esta nueva norma le va a permitir a muchos escribanos que hoy son adscriptos acceder a la titularidad de su propio registro aquellos que tengan más de 10 años de adscripción y que hayan otorgado más de 200 escrituras", puntualizó Campos.

Desde la Cámara de Diputados se informó que durante numerosas audiencias los mismos escribanos expresaron sus preocupaciones, "se propusieron modificaciones que reflejaran sus inquietudes, siempre teniendo en cuenta las soluciones que mejor resguarden los intereses sociales, en especial en lo relacionado a la "Fe Pública", de la que son dadores y custodios estos profesionales del derecho".

Por otra parte, explica la norma que "el ejercicio de esta función notarial es un elemento fundamental para comprender la implementación de lo que antes era el "numerus clausus" y que ahora encuentra fundamento en el concepto morigerado de "numerus regulatus".

"En la legislación que regula la profesión notarial ha habido una constante imposición de requisitos rigurosos para ejercer la notaría. Además, se mantiene una supervisión continua del desempeño de los notarios y se aplican sanciones en caso de incumplimiento. La limitación numérica facilitaba la aplicación de estas medidas", añade el texto.

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