¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

Cuándo comienza la veda de alcohol para las PASO 2021

¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

Publicidad

12° Mendoza

Viernes, abril 12, 2024

RADIO

ONLINE

12° Mendoza

Viernes, abril 12, 2024

RADIO

ONLINE

PUBLICIDAD

Cuándo comienza la veda de alcohol para las PASO 2021

10/09/2021 13:10

Desde cuándo no se puede vender bebidas alcohólicas y hasta cuándo duran las restricciones

La veda electoral correspondiente a las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del domingo 12 comenzó este viernes a las 8 de la mañana. Las prohibiciones tienen múltiples aristas vinculadas a la propaganda política que se aplican cuando hay elecciones en un país. Por ejemplo, a partir de este viernes no se pueden realizar actos públicos de proselitismo y desde la semana pasada está prohibido publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. Pero también rige una prohibición en la venta de bebidas alcohólicas.

Cuándo empieza la veda de alcohol y hasta cuándo dura

A partir del sábado 11 de septiembre desde las 20, la Cámara Nacional Electoral (CNE) prohibirá la venta de bebidas alcohólicas. La restricción finalizará cuando termine la veda electoral, es decir, tres horas después del cierre de comicios, que es a las 18 del domingo. Desde ese momento, los supermercados, bares y cualquier comercio podrán volver a vender alcohol tanto de manera presencial como por delivery.

Según el artículo 136 del Código Electoral Nacional, “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”.

Qué no se puede hacer en veda electoral

Realizar actos públicos de campaña

Proselitismo electoral

Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales: se mantiene la prohibición también durante elección y hasta 3 horas después de su cierre.

Vender bebidas alcohólicas hasta tres horas después del cierre de comicios.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.

Asimismo, los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, como obras de teatro, podrán realizarse entre el viernes y el sábado pero no durante el desarrollo de los comicios (que comienzan a las 8 AM del domingo) y hasta pasadas tres horas de ser clausurado; es decir, a las 21 del domingo 12 de septiembre.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD