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Gustavo Matar deberá cumplir prisión efectiva por el delito de extorsión

El empresario debe cumplir una condena de 4 años de prisión efectiva. El hombre exigía dinero a cambio de no publicar información vinculada a la noche sanrafaelina. Quedó detenido cuando la Suprema Corte de Justicia le rechazó la pretensión de apelar el fallo 

Redacción
05/01/2023 17:28
El fiscal de instrucción, Javier Giaroli había solicitado una pena de siete años.
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El empresario de medios Gustavo Matar quedó preso en la Unidad Penitenciaria El Cerrito, a 5 km del casco céntrico de San Rafael, luego de que la Suprema Corte de Justicia le negara la chance de apelar en la Corte nacional la condena firme por chantaje y extorsión.
La detención se concretó el día viernes 30 de diciembre. Un día antes, cuando se conoció la decisión de los supremos, la Justicia lo había buscado en su casa pero allí respondieron que se había ido "de viaje".

José Valerio y Mario Adaro, de la Sala Segunda, habían rechazado el recurso extraordinario federal presentado por Matar, quien había sido sentenciado a 4 años de prisión efectiva por chantaje y extorsión, fallo que la Suprema Corte de Justicia dejó firme en noviembre último. Omar Palermo, el tercer integrante de ese tribunal, no se pronunció por estar en uso de licencia.

Los hechos ventilados en la Justicia de San Rafael revelaron que Matar chantajeó a empresarios de la noche a pagarle sumas de dinero a cambio de no publicar información sensible en sus medios.

El empresario también usó su portal de internet para hostigar al oftalmólogo Roger Zaldivar con publicaciones que ya no figuran en el sitio. Sin embargo, esto no fue tratado en el debate que presidió el juez Jorge Yapur Meca, según indica Diario Uno.

El empresario, Gustavo Matar.

El planteo de Gustavo Matar y la respuesta de la Suprema Corte de Justicia

El empresario Gustavo Matar acudió a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza para que le concediera el recurso extraordinario federal, lo que iba a permitirle apelar en la Corte nacional.

Lo hizo bajo el argumento de que la sentencia condenatoria violenta el derecho a la libertad de prensa y "configura un supuesto de gravedad institucional que excede el mero interés particular, ya que repercute en un derecho fundamental de una república"

Desde la Sala II de la Suprema Corte de Justicia le contestaron que su planteo "implica una discrepancia con el resultado de la valoración de los elementos de prueba efectuada por este Tribunal, por ser adversos a sus intereses, pero eso no resulta suficiente para habilitar la vía federal".

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