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Una monja va a juicio por abusar de cinco chicas en el Norte argentino

La Fiscalía de Violencia de Género de San Isidro pidió la elevación a juicio de la causa donde María Trellez Fajardo es denunciada por cinco adolescentes. Será juzgada por abuso sexual reiterado, gravemente ultrajante y agravado por ser representante de un culto regilioso y tenerlas a su guarda

Redacción
19/05/2022 08:09
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El pasado 12 de abril el fiscal Marcelo Fuenzalida, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Especializada en Violencia de Género de San Isidro, firmó su pedido de elevación a juicio de la causa por abusos sexuales contra María Tellez Fajardo, más conocida como “Sor Marina”, una de las monjas de la congregación de las Hermanas Trinitarias que regenteaban el hogar de niñas y adolescentes judicializadas ubicado en Carlos Tejedor 348 de la localidad de Boulogne.

Tellez Fajardo (64) está detenida desde el 10 de junio de 2021 acusada de “abuso sexual reiterado gravemente ultrajante y agravado por haber sido cometido por una persona del culto religioso, por ser una persona encargada de la guarda y aprovechando la situación de convivencia preexistente, su relación de autoridad y que la víctima no haya podido consentir libremente dicho accionar”. Todo en perjuicio de cinco adolescentes de entre 12 y 17 años y por hechos ocurridos entre 2017 y 2021.

Fuenzalida hizo el pedido a la jueza Andrea Rodríguez Mentasty, titular del Juzgado de Garantías 3 de San Isidro donde se tramita la causa. Como era de suponer, la defensa de Tellez Fajardo se opuso a la elevación a juicio y, por el contrario, pidió el sobreseimiento de la imputada. Rodríguez Mentasty denegó el pedido, pero el abogado Alejandro López Romano el lunes de esta semana presentó un recurso de apelación. Fuentes del caso aseguran que ningún artilugio defensista debería entorpecer la llegada del juicio, pero aún resta esperar la definición de la jueza.

 

 

Pruebas que abundan

En su escrito de 30 páginas, el fiscal afirma “contar con los elementos suficientes” para pedir que se juzgue a la monja. Para ello se basa en los testimonios de las menores denunciantes, de personas que las conocen y escucharon sus relatos en primera persona, de exinternas del hogar que vivieron situaciones de vulnerabilidad con las mismas monjas, de otras monjas de la congregación y de peritas y peritos que atendieron a las víctimas.

Como se denunció desde el principio y se fue corroborando en la instrucción de la causa, Sor Marina sistemáticamente abusó de varias jóvenes en momentos que éstas colaboraban con ella en la cocina del hogar. Esperaba a quedarse a solas con ellas, las abrazaba sin pedir permiso y las manoseaba mientras les decía “buen trabajo”. En uno de los casos la víctima, además, fue espiada por la monja mientras se bañaba.

Al momento de pedir la elevación a juicio, el fiscal Fuenzalida valoró también las dos declaraciones que hizo la propia Tellez Fajardo. Allí sobresalen varias incongruencias, algunas afirmaciones que luego se relativizan o se niegan y no pocas divagaciones ajenas a los hechos de los que se la acusa. La mujer primero negó haber tocado a alguna chica, luego dijo que podría haberse tratado de algún que otro “roce” o “choque” en los quehaceres de la cocina y, finalmente, se dedicó a difamar a las propias denunciantes.

 

 

Dime quién te patrocina y te diré muchas cosas

Sor Marina llegó a decir que, como su primera declaración la había hecho “agotada por lo que había vivido” y “en un estado de agobio total” (fue el mismo día que se la detuvo), no declaró como hubiera querido sino obligada por su abogado (en ese momento Manuel Beccar Varela). Por eso en una segunda declaración dijo que no se le diera importancia a lo dicho en la primera, ya que aquella vez “no sabía que tenía que decir ni en qué términos”. Eso explica, entre otras cosas, que el Arzobispado de San Isidro a cargo de monseñor Oscar Ojea intentara mejorar la representación legal de Sor Marina, cambiando a Beccar Varela por López Romano.

Como ya se dijo en este diario, López Romano es un “orgánico” de la Iglesia católica. Además de dirigir el Instituto de Derecho Canónico y Eclesiástico del Colegio de Abogados de Quilmes, es titular de Derecho Canónico en la Universidad Católica de La Plata, uno de los mayores reductos de formación ultraconservadora del país. Él mismo se presenta en redes sociales como “especialista en defensas penales de clérigos” y “asesor de obispos y superiores de congregaciones religiosas en la disciplina penal canónica”.

A las cinco chicas denunciantes las patrocinan las abogadas Soledad Molina y Karina Marti, miembros de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes del Colegio de Abogados de San Isidro. Ambas letradas a su vez patrocinan a otra joven en una causa paralela que se le sigue a Silvia Challiú, más conocida como “Sor Silvia”, directora del hogar de Boulogne acusada de abusos sobre otras menores. Para las abogadas, además de ser ella misma abusadora, Challiú encubrió a Tellez Fajardo cuando cometía sus crímenes sexuales.

La doctora Molina, además, conocía desde antes a la joven que hizo la primera denuncia contra Tellez Fajardo. Cuando la chica fue ingresada al Hogar de las Hermanas Trinitarias, el Servicio Local de Promoción y Protección de San Isidro y el Juzgado que tenía su causa solicitaron la intervención de una abogada o abogado de niños, niñas y adolescentes. Molina figura en el listado del distrito y fue asignada al caso por sorteo.

No es un hecho menos saber quiénes patrocinan a las partes. Como suelen hacer las defensas de curas y monjas que van a juicio por abusos sexuales, la estrategia del abogado López Romano es desviar la atención y atacar a las querellas, acusándolas de ser parte de una conspiración basada en falsas denuncias. En este caso, afirma que la abogada Molina se prestó a colaborar con la joven a la que asiste para conseguir irse del hogar. Y la acusa de haber permitido que su protegida siguiera alojada en la institución ocho días más luego de haber escuchado el relato de la menor.

En diálogo con La Izquierda Diario, Molina se refirió a esa maniobra de la defensa. “Más allá de que tenga mi patrocinio, yo no decido si una chica puede permanecer en un hogar o no. Ella y todas sus compañeras están judicializadas, por lo que cualquier movimiento que se haga debe ser bajo orden judicial. Quien puede acelerar las cosas en estos casos es el Servicio Local. Lo que nosotras hicimos, como abogadas del niño, fue lo que podíamos hacer. No puedo creer que la defensa realmente piense que nosotras armamos todo esto para perjudicar a las monjas y al hogar. Es el horror después del horror”, afirmó.

 

 

La excepción a la regla

Consultada sobre el proceso de instrucción de la causa, Molina considera que “se logró trabajar de una manera rápida y expeditiva, si es que puede haber una manera rápida y expeditiva para tratar de atacar o condenar un abuso. En este tipo de casos siempre llegamos tarde, llegamos a intentar conseguir ciertas reparaciones. En ese sentido estamos conformes con los tiempos en los que se desarrolló la instrucción. Pero sabemos que no en todos los casos sucede lo mismo”.

Junto a su colega Martí creen que pudieron hacer una tarea de “equipo” entre la querella, el personal del Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos y la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales de San Isidro a cargo de Fuenzalida. “También somos conscientes de que parte de la rapidez con la que se desarrolló la causa se la debemos a la repercusión mediática del caso”, agrega la abogada al considerar que “eso influyó para poder lograr cosas mucho más rápido de lo común. Sabemos que lograr que un juicio así llegue con estos tiempos es más bien una excepción. De hecho lo que abunda son casos de abusos, sobre todo intrafamiliares, que terminan archivados judicialmente”.

“Yo creo que ayudó mucho que la primera víctima que se animó a hablar haya sido quien estaba bajo mi tutela legal. Eso permitió que pudiéramos activar rápido varias medidas y posibilitó que luego hubiera otras cuatro chicas que se animaran a contar sus casos también”, afirma Molina.

Respecto a la valoración de los delitos volcada en el pedido de elevación a juicio, la representante de la querella dice que “se basa en el artículo 119 del Código Penal que, si se lee sucintamente, no tiene una pena muy larga en el tiempo. Pero al sumarle que es un abuso sexual gravemente ultrajante por ser cometido por una persona del culto religioso, con dos incisos en particular del artículo, la pena en expectativa asciende a los veinte años de reclusión”. Y agrega que les parecería bien “que se le dé la pena más alta, porque acá tenemos el relato de cinco víctimas que cuentan en primera persona y con todos los detalles cómo alguien que debía cuidarlas vulneró todos sus derechos”.

“Tienen un nivel de psicopatía difícil de procesar”

Para Molina lo más grave, “que no está del todo valorado en las palabras judiciales”, es el hecho de que todas las chicas que estaban en esa institución “se encontraban bajo medidas de abrigo adoptadas por el Poder Judicial. Obviamente en diferentes circunstancias, algunas de forma transitoria, otras esperando una adopción, otras con adopciones truncas. Pero todas ya venían de vulneraciones a sus derechos y violencias previas. Eso suma un cúmulo de gravedad y de psicopatía de estas personas que, la verdad, me cuesta mucho procesar”.

En su reflexión, la abogada de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes del Colegio de Abogados de San Isidro dice que no hay que dejar de lado que Sor Marina pudo hacer lo que hizo “porque se sentía ‘contenida’ por una red de compañeras suyas del hogar. A mí me cuesta mucho pensar que nadie ahí adentro supiera lo que hacía. Con nuestro equipo de trabajo logramos entrevistarnos con varias mujeres, hoy mayores de edad, que relataron haber sufrido los mismos hechos. Eso es lo que más te hiela la sangre, pensar que no fue una ‘confusión’ de una chica, como declaró Sor Marina, ni una confabulación de un grupito contra ella y la institución. Fue una conducta que se mantuvo en el tiempo y que estuvo claramente avalada por la congregación a la que pertenece”.

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