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La Cámara Federal rechazó la recusación de Macri y reafirmó al juez Bava al frente de la causa

El Tribunal de Apelaciones no hizo lugar al pedido presentado por el expresidente, que deberá presentarse a declarar este jueves.

Redacción
27/10/2021 15:35

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó hoy al juez federal de Dolores, Martín Bava, en la causa por espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan, al rechazar una recusación de la defensa del expresidente Mauricio Macri, citado mañana a declaración indagatoria.

El Tribunal de Apelaciones de esa ciudad bonaerense resolvió "no hacer lugar al pedido de recusación" formulado por el abogado Pablo Lanusse, abogado defensor de Macri, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

En una resolución de 16 carillas los jueces exhortaron a Bava a que "en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales", ante el "estilo imperativo y 'poco moderado" utilizado "al exponer sus fundamentos y argumentaciones"

Este fue uno de los argumentos en base a los cuales la defensa de Macri pidió su apartamiento del caso ante supuesta pérdida de imparcialidad.

 



Los camaristas aludieron "en particular" a causas que "detentan repercusión social, evitando así incurrir en expresiones de aquella naturaleza como las advertidas en la resolución en estudio, sorteando así la posible generación de equívocos que lleven a planteos generadores de innecesarios dispendios jurisdiccionales".

Los jueces Eduardo Jiménez, Osvaldo Tazza y Rafael Julián consideraron, sin embargo, que no hay motivos para acceder a la recusación solicitada en base al "estilo que impregna el decreto judicial cuestionado e invocado como justificativo de la causal de prejuzgamiento"

Se trata del escrito en el que Bava convocó a declaración indagatoria a Macri, un trámite que se reprogramó dos veces y se concretará mañana al mediodía en el juzgado federal de Dolores.

 



"La forma y el estilo empleado por el juzgador de grado tal vez no sean los apropiados o estén dotados de la técnica jurídica laudable a la que lógicamente se aspira y se desea de todo acto judicial, más ello no la invalida ni puede servir de fundamento para justificar el apartamiento del Juez Natural de la causa", concluyeron los jueces.

La Cámara tuvo en cuenta "el posible impacto social" de lo que se resuelva en la causa, que reviste "repercusión mediática e institucional, dada la calidad de primer mandatario de la República que, en su momento, detentó el ahora encartado"

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