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Diversión Nocturna realiza rigurosos controles

El Gobierno provincial viene trabajando en la concientización de padres y jóvenes para evitar reuniones clandestinas.

Redacción
26/02/2024 20:47
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El área de Diversión Nocturna del Ministerio de Seguridad y Justicia viene trabajando en un operativo para desactivar reuniones clandestinas y prevenir el consumo de alcohol en jóvenes durante el festejo del Último Primer Día (UPD). Se trata de una celebración donde los adolescentes que egresarán de la secundaria se reúnen para festejar su pronta graduación.

Las autoridades del Gobierno han puesto principal énfasis en concientizar a padres y estudiantes para prevenir situaciones indeseadas, como consumos problemáticos y reuniones clandestinas. Entre las acciones, el encargado del área de Diversión Nocturna de la cartera, Alejandro Pozzi, puntualizó que desde el fin de semana se están realizando rigurosos controles en el marco de la ley y en toda Mendoza.

Asimismo, el funcionario detalló que hasta el momento “no tenemos eventos autorizados”. Además, Pozzi remarcó que en la noche del martes trabajarán cerca de 30 inspectores en todo el operativo. 

Multas a padres

El Código Contravencional de la provincia, Ley 9099, establece multas severas para los padres de los menores que estén en estado de ebriedad.

El artículo 9 de la ley contempla que el juez contravencional realizará una investigación a fin de determinar si hubo intervención o no de menores en el hecho. Determinada la participación del menor de edad en el hecho contravencional, mediante auto fundado “citará a los padres o tutores quienes serán sancionados con multa desde 200 UF asta tres mil 3.000 UF, salvo que la contravención especifique otro monto o sanción, cuando hubieren incumplido su deber de vigilancia”.

En los casos de reiteración contravencional por parte del menor de edad, los progenitores o tutores serán pasibles de hasta el doble de las sanciones que establezca a tal efecto la contravención, pudiendo además aplicar como medida de conducta la terapia familiar.

En tanto, el artículo 86 establece que ante la “omisión de cuidado” los padres serán sancionados con multa desde 254.000 (2.000 UF) hasta 508.000 (4.000 UF) o trabajo comunitario vinculado con la diversión nocturna de los jóvenes, desde 20 días hasta 40 días. En caso de reincidencia, la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

Asimismo, el artículo 96 de la norma menciona que los padres que suministren o permitan el consumo de alcohol o sustancias a sus hijos serán sancionados con arresto de 15 a 60 días, trabajo comunitario de hasta 20 días o multas económicas que dan desde 190.500 pesos (1500 UF) hasta 762.000 mil pesos (6000 UF).

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