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Conflicto entre vecinos

Los conflictos entre vecinos se encuentran regulados normativamente en el Código Procesal Civil y Tributario de Mendoza, en su artículo 218 inciso a, que hace referencia a las causas que versan sobre conflictos de Derecho Privado entre vecinos

Redacción
15/09/2022 08:07
"Siempre se recomienda buscar una solución armónica" dijo la destacada doctora.
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Estos conflictos nacen cuando una persona vulnera los derechos del otro, ya sea respecto de los límites de su propiedad, por ruidos molestos, por humedades, por limites respecto de las medianeras, por los residuos fuera del horario reglamentado y muchos otros conflictos que en esta nota explicaremos.

En principio,  en toda comunidad de vecinos surgen conflictos por el mismo hecho de la convivencia.

¿Cuáles son los algunos de los conflictos más comunes que surgen entre vecinos?

Los ruidos, este es  es uno de los más comunes y  de grandes discusiones, sobretodo en edificios.

Las mascotas, desde el ladrido de un perro hasta el excremento de cualquier animal o mascota, pone de manifiesto,  uno de los grandes conflictos vecinales.

Las fiestas con la música a todo lo que da, el principal conflicto vecinal que terminará con el llamado telefónico a la policía.

Los residuos fuera del horario permitido,  o en el caso que el propietario vecino no es responsable de sacarla y colocarla en el recipiente adecuado y en el peor de los casos deja el rastro de líquidos u olores en las áreas comunes al sacarla, siempre generara conflictos vecinales que se dilataran con pocas miras a solucionarse.

¿Existe algún modo de resolución de conflictos entre vecinos?

La primera forma de resolver un conflicto entre vecinos, es tratar  de llegar a un acuerdo entre las partes.

De este modo tanto quien vulnera un derecho, como quien se ve afectado por dicha vulneración, pueden llegar a un acuerdo que implica pagar el daño por parte de quien lo ha provocado, en los mejores  términos posibles.

Algunos de los conflictos que llegan al Estudio, giran en torno a las problemáticas con las medianeras, las humedades, los ruidos molestos, entre otros.

El principio general de: “Mi derecho termina cuando empieza el de la otra persona”, es un principio que debe ser aplicado en todos los órdenes de la vida en comunidad.

Si mencionásemos, a modo ejemplificativo, el problema con una medianera entre uno y otro vecino, siguiendo este principio general, el derecho de un vecino/a termina en los límites de su propiedad y comienza el derecho en los límites de la propiedad vecina.

Si una persona provoca un daño en la propiedad vecina, a sabiendas que ese daño existe y que genera un perjuicio para quien lo padece, lo que sugerimos como Profesionales del Derecho, es tratar de llegar al dialogo que, como resultado, de lugar a un acuerdo y de este modo resolver el conflicto.

¿Que sucedería si aquella persona que provoca un daño en la pared vecina se negase a llegar a un acuerdo?

Si se agotaron todas las instancias del acuerdo para resolver el conflicto, esto es, que quien provoca el daño se haga cargo de los gastos que implicaría resolverlo, ya sea un problema de humedad o de límites, y ha quedado demostrado que no hay voluntad de acuerdo para resolver el conflicto de quien es damnificado, lo que debemos hacer como Abogadas/os, es enviar una carta documento a los efectos que en un plazo de 48 o 72 horas, quien ha provocado el daño en la propiedad vecina, resuelva el conflicto, ya sea de humedad como de límites, según el caso, presentando planos de mensura, Escritura de la propiedad y todo lo concerniente a la vecindad, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes.

¿Que debiera hacer la persona damnificada que aun habiéndose agotado la vía del acuerdo y enviado la respectiva carta documento, el vecino que provoca el daño hace caso omiso y no responde?

En este caso, debe iniciarse un expediente municipal. Aquí hablamos de un procedimiento administrativo.

Los Abogados/as, debemos concurrir con el cliente a la Municipalidad, correspondiente al Departamento donde se encontraría ubicada la propiedad de la persona afectada por el daño, con un escrito debidamente fundado y prueba documental que acredite el daño causado.

De este modo se solicita una inspección municipal a los efectos, que el municipio corrobore el daño provocado.

¿Y que debe hacer la Municipalidad?

Se debe iniciar un expediente administrativo con número y carátula emplazando a quien ha provocado el daño para que en el término inmediato resuelva el conflicto.

Es importante recordar que si habiendo llegado a la instancia municipal, aún así, el damnificado no logra recuperar su derecho, puede el damnificado recurrir a la vía judicial, iniciando una Demanda por medio de Abogada/o Latrocinante, de acuerdo al caso concreto, informando al Juez/a, que se agotó la instancia del acuerdo, que se envió carta documento, que se inició un expediente municipal, presentando en la demanda, toda la prueba documental que acredite el daño.

A modo de ejemplo podrían presentarse fotografías, que por medio de imágenes mostrarían de manera evidente el daño provocado.

También la prueba testimonial, que como la palabra lo dice, daría lugar al testimonio de otros vecinos, que expresando lo que han visto o lo que saben, acreditarían el daño efectivamente provocado.

Las pruebas periciales son muy importantes, si se tratare de un problema que tenga que ver con los límites entre propiedades vecinas.

En este orden de cosas, quienes somos Profesionales del Derechos podemos solicitar que se incorpore a la causa judicial el expediente municipal para que la Justicia vea y compruebe lo manifestado en la Demanda.

¿Y que debe hacer la Justicia ante la presentación de una demanda en estos términos?

Si se determina en un proceso judicial, que efectivamente el daño existe, entonces por orden judicial, el Juez/a resuelve a favor del demandante y obliga al demandado, en su caso, que permita el ingreso a su propiedad a fin de que La Municipalidad,  pueda realizar el trabajo, dependiendo del caso en concreto,  por orden judicial, si se encuentra dentro del mismo inmueble que colinda con la pared medianera del vecino damnificado, autorizándose el allanamiento de domicilio, en día, hora, lugar y con el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario, si el demandado se negase a permitir el ingreso a su propiedad,  conforme lo establecido en  una Sentencia.

Si el demandado no cumple con el pago, el Juez/a debe ordenar el embargo sobre bienes de propiedad del demandado y hasta cubrir la suma presupuestada para responder a intereses sentenciados, hasta su efectivo pago.

Siguiendo la línea de los conflictos entre vecinos, también encontramos la problemática por los ruidos molestos, que hacen referencias a faltas reguladas en el Código Contravencional.

Estos ruidos se tornan molestos, ya que perturban el descanso y la tranquilidad pública.

¿Que sucede cuando un vecino realiza ruidos que altera la tranquilidad pública y el descanso de una vecindad?

Estas personas serán sancionadas con multas de elevado monto, previamente a haber llamado a la numeración 911, dando información a los efectivos policiales, de la situación que acontece en esa vecindad, de manera notoria y reiterada.

Es cierto que vivir en el conflicto hace perder energía, distraer de otras cosas y disminuir la calidad de vida y aunque el conflicto es parte de la vida,  es por esta razón, que su buena resolución da lugar a un  vinculo sano y al  crecimiento entre personas.

Doctora Sofía Burad

Abogada

Matrícula 10145

Teléfono: 2612407645

REDES SOCIALES:

Facebook: Dra. Sofía Burado

Instagram: @Dra.sofiaburad

Twitter: DRA.SOFIABURAD

YouTube y página de google: estudiojuridicoburad

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