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Mendoza quedó excluida de los territorios con “alarma epidemiológica”

19/05/2021 06:59

Trece departamentos de la provincia pasaron a la categoría de alto riesgo según datos nacionales.

De acuerdo a lo que publica en el semáforo epidemiológico que confecciona el gobierno nacional, los departamentos de la provincia que permanecian en alerta epidemiológica ya no lo estan, pasando de esta manera a distritos de alto riesgo.

De esta manera, Capital, General Alvear, Godoy Cruz, Guaymallén, Junín, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Rivadavia, San Martín, San Rafael y Tunuyán, se encuentran, de acuerdo a las estimaciones de las autoridades del Ministerio de Salud de la nación, en alto riesgo epidemiológico.

Cabe recordar, que la clasificación de las autoridades sanitarias incluye zonas de alto riesgo, riesgo medio, y alarma epidemiológica y sanitaria, que fue la última clasificación agregada por la Nación a finales de abril, y que en ese momento incluyó a Mendoza. 

Este mapa es analizado por las autoridades para poder determinar qué medidas sanitarias son necesarias para contener la pandemia.

Para su elaboración se tienen en cuenta dos variables: la incidencia (casos acumulados de las últimas dos semanas) y la razón (casos nuevos de las últimas dos semanas y las dos previas) en los distritos con más de 100 mil habitantes.

Así, la incidencia es considerada alta cuando es de 150 o más, mientras que está en alarma epidemiológia cuando es igual o superior a 500.

Mientras que la razón se considera alta cuando su resultado sea de 1,21 o más.

Con esta nueva categoría en la que se encuentra Mendoza, las restricciones que le cabrían serían la suspensión de reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, y de reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez personas, la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. Quedaría autorizada la realización de las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, según corresponda.

Estarían suspendidas las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas y la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas. Como así también cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrían funcionar entre las 23 horas y las 6 del día siguiente, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

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