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La Justicia decidió mantener el valor de la fianza para que Lázaro Báez salga de la cárcel

17/07/2020 13:11

El fiscal había sugerido que debía bajarse casi a la mitad, pero los jueces decidieron ratificar el monto inicial

El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 rechazó este viernes un pedido para la reducción del monto de la caución real fijada al empresario detenido Lázaro Báez, por lo que deberá depositar la suma de 632,5 millones de pesos como condición para ser excarcelado en el marco de una causa que se le sigue por lavado de activos, informaron hoy fuentes judiciales.

Ayer, el fiscal Abel Córdoba dictaminó a favor de reducir la fianza en pesos a 386.578.500, aunque mantuvo el monto en dólares. El fiscal también se expresó a favor de reemplazarla por un seguro de caución, tal como pedía la defensa del empresario.

Sin embargo, el TOF ratificó el monto inicial de la fianza, tomando en cuenta en dólar blue. “La actual vida económica de nuestro país no existe una única conversión del peso argentino con relación a la moneda estadounidense y como ejemplo de ello podemos mencionar al dólar oficial, dólar minorista, dólar Banco Nación, dólar BCRA., dólar mayorista o intercambiario, dólar financiero, dólar MEP o dólar Bolsa, dólar turista o tarjeta, entre otros”, dice la resolución.

La fianza sigue siendo USD 5,5 millones. Ese monto surge de la diferencia entre los USD 10.400.000 que se habían depositado en una cuenta de Bahamas a nombre de Kinski SA y el dinero que la Justicia logró congelar, algo más de USD 4,5 millones.

Aunque dejó abierta la puerta a reemplazar esa fianza por un seguro de caución, el TOF ratificó que “continúa vigente la prisión preventiva dispuesta respecto de Lázaro Antonio Báez en las presentes actuaciones hasta tanto se cumpla con la caución real fijada”.

Sobre la posibilidad de hacer efectiva la domiciliaria que dispuso el juez Casanello en la causa por la compra del campo “El Entrevero”, el tribunal sostuvo que estaba vinculada con la pandemia. “Aquella modificación en las condiciones de detención del nombrado para disponer su arresto domiciliario lo fue “de momento y mientras rija la emergencia sanitaria” y “persistiendo la privación de libertad”, lo cual ha sido consentido por la defensa, no correspondiendo en consecuencia aplicarse automáticamente como se pretende”, dijeron los jueces.


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