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Es ley la regulación del juego en línea en Mendoza

27/10/2020 12:29

La Cámara Alta avaló una propuesta que fue presentada por la senadora Mercedes Rus. ¿Cuáles son los juegos que entran en la normativa?

Argentina no cuenta actualmente con un marco regulatorio federal para los juegos de azar online y la gran mayoría de las provincias no han introducido la regulación del juego online. Sin embargo, algunas han emitido licencias de juegos remotos a operadores privados en línea para ofrecer opciones de juego a los residentes de su respectiva provincia.

En Mendoza, no existen controles, regulaciones ni restricción y cualquier persona, aún un menor de edad, puede acceder y realizar apuestas online desde su casa a solo un click de distancia.

Por ello fue que la Cámara Alta avaló una propuesta que fue presentada por la senadora Mercedes Rus, a la que se le acumuló otra de su par Marcelo Rubio que busca que se regule la actividad del juego “online” en sus distintas modalidades. Recordemos que la iniciativa fue aprobada por el Senado y fue avalada por Diputados con modificaciones por lo que volvió a Cámara Alta para que sea debatida por los legisladores.

Al momento de la votación, la propuesta presentada por Mercedes Rus fue acompañada por todos sus pares a excepción del Frente de Izquierda. Luego fue remitida al Ejecutivo para que reciba su posterior promulgación.

La legisladora Mercedes Rus informó que son dos las modificaciones que propuso Diputados: “En el artículo 6 propuso que el Instituto pueda otorgar como máximo 7 licencias. La segunda modificación que es muy técnica se da en el artículo 9, que está relacionado al tema de la dirección IP. Entiendo que lo que aprobó Diputados es razonable. Es necesario que esto pueda tener control. Le solicito a este cuerpo que la iniciativa obtenga sanción definitiva”.

Se entiende por tal, a todos los juegos de azar, sorteos, rifas, apuestas, combinaciones aleatorias y en general todas aquellas actividades en las que estén en juego cantidades de dinero u objetos, económicamente evaluables sobre los resultados, y que permitan su transferencia entre los participantes, con independencia de que predominen en ellos, el grado de habilidad, destreza o maestría de los jugadores, o sean exclusiva y primordialmente de suerte, azar, ya sea que éstos se generen en el ámbito de la actividad pública o privada (conforme lo establece la Ley Provincial No 6.362), siempre que se lleve a cabo únicamente a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos, o los que en el futuro se desarrollen.

Quedan excluidos, aquellos juegos de azar que incluyan la realización de sorteos físicos, como loterías, quinielas y tómbolas entre otros, los cuales se regirán por las normativas vigentes aún cuando el uso de Sistemas de Captación Electrónica sea un medio para su comercialización.

Por esta normativa, se crea un Registro de Títulos Habilitantes de Juego En Línea, el cual tendrá carácter público y accesible, dependiente del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, que deberá contener información de las personas humanas o jurídicas que poseen licencia otorgada por la Autoridad de Aplicación para desarrollar y organizar la actividad del juego en línea en la Provincia de Mendoza y de aquellas que se encuentren autorizadas en otra provincia y hayan suscripto un convenio con la Autoridad de Aplicación.

Además, establece reglas respecto a las Licencias, Títulos habilitantes, Garantías, Publicidad, Sistemas Técnicos, Control  y Fiscalización, Protección de Datos, entre otros puntos.


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