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El proyecto del impuesto a la riqueza llegó al Congreso

28/08/2020 13:12

La iniciativa propone la aplicación de una tasa que va del 2% al 3,5% a las fortunas de entre $200 millones y $3.000 millones


Luego  de un largo debate y análisis, el Gobierno envió este viernes (28/8)  al Congreso el proyecto que fija, por única vez, un aporte extraordinario sobre grandes fortunas, con el cual se pretende recaudar más de $300.000 millones, según estimaciones del oficialismo.

La iniciativa creada  y redactada por los diputados del Frente de Todos Máximo Kirchner y Carlos Heller, que tiene el visto bueno del Ministerio de Economía, consiste en la aplicación de una tasa que va del 2% al 3,5% a las fortunas de entre $200 millones y $3.000 millones. “El impuesto a las grandes fortunas nunca dejó de estar arriba de la mesa. Siempre dijimos que lo íbamos a presentar cuando lo creyéramos oportuno”, afirmó Heller.

Durante la mañana se llevó a cabo una presentación en el bloque de diputados del Frente de Todos que estuvo a cargo del propio Heller, titular de la Comisión de Presupuesto. También ofició de vocera la diputada oficialista Fernanda Vallejos, titular de la Comisión de Finanzas, mientras que José Luis Gioja fue el encargado de organizar las preguntas dentro del bloque, que tuvo la participación de Sergio Massa, Máximo Kirchner y Leopoldo Moreau.

Según cálculos realizados dentro del Gobierno, este aporte podría alcanzar a entre 12 mil y 15 mil grandes contribuyentes, y la recaudación estimada superaría los $300.000 millones, según precisó Vallejos. “Los argentinos y argentinas lo esperaban.

El aporte extraordinario empieza su recorrido parlamentario y, no tengo dudas, lo convertiremos en ley”, aseguró Vallejos en un mensaje difundido a través de las redes sociales, y afirmó que será una “contribución de los más ricos en pos de un país más justo y solidario”. Según los impulsores de la iniciativa, el aporte no constituye un impuesto en términos legales ni técnicos, y tiene carácter progresivo: mayor riqueza, mayor alícuota.

Se denomina “Aporte Extraordinario Solidario” y requiere para su aprobación por tratarse de un nuevo tributo de una “mayoría especial”, esto es el voto positivo de 129 diputados, número exigido para dar quórum a la Cámara.

El primer borrador se dio a conocer públicamente en abril y rápidamente recibió el rechazo de diversos sectores de la oposición pero principalmente de cámaras empresariales como el Foro de Convergencia -que agrupa a 35 entidades de todo el país- y de otras ligadas a las finanzas y el agro. En un comunicado, alegaron que “los proyectos de crear nuevos impuestos al patrimonio y a las ganancias de las empresas es un antecedente sumamente negativo para recrear el clima de inversión”.

Los impulsores de la iniciativa respondieron que está destinada a paliar los graves efectos de la pandemia y que no está dirigida a las empresas sino a las personas. Según la iniciativa, aportarán quienes hayan declarado al 31 de diciembre de 2019 un patrimonio superior a los 200 millones de pesos y la alícuota dependerá de la riqueza de cada uno.

En el caso de bienes en el exterior, el tributo tendrá un recargo del 50% sobre la alícuota, pero si el poseedor decide repatriar un 30% de las tenencias financieras, se elimina este diferencial. La recaudación tendrá como propósito diversos fines, y un 20% se destinará a comprar y elaborar insumos y equipos para cubrir la emergencia sanitaria. También se destinarán recursos a la remuneración de trabajadores, becas para estudiantes y aportes para habitantes de barrios populares.

Impuesto a las grandes riquezas: qué dice el último borrador que presentó Carlos Heller

El impuesto a ingresar se determinará aplicando sobre la base imponible que resulte de lo dispuesto en el artículo anterior, la alícuota que corresponda aplicar de acuerdo a la siguiente tabla:

  • De $0 a $400.000.000, inclusive  abonarán una tasa del 2,00%
  • De $400.000.000 a $3.000.000.000, inclusive; abonarán una tasa de 2,50%
  • De $3.000.000.000 en adelante, abonarán una tasa de 3,50%

El producido de lo recaudado por el gravamen será aplicado, en orden prioritario:

1. A la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria, vinculados a la pandemia del COVID-19.

2. Al refuerzo de las transferencias a personas que hayan perdido sus ingresos por la crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19, con el fin de mejorar su situación social e impulsar el consumo.

3. A subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, más castigadas por el efecto económico de la pandemia del COV-19, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

Puntos claves del Impuesto a la Riqueza

1. La tasa que se está convalidando, directamente por parte del oficialismo, e indirectamente por parte de la oposición, es en torno al 2% como mínimo.

2. No se diferencia patrimonio en el país y en el exterior.

3. Será por única vez.

4. Se toma para la valuación la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero la fecha de corte sería posterior al último 31/12.

5. Al tener un desdoblamiento cambiario que genera una brecha cambiaria de un 100%, hace que el impuesto para quienes sus patrimonios se encuentren dolarizados que la tasa sea efectiva más baja.

6. No se permite la deducción de pasivos.

7. No queda claro el tratamiento de las inversiones en títulos públicos en caso de que se caiga en default.

8. Se deberán tener en cuenta que gran parte de las inversiones hoy tienen mucho menos valor al no haber terminado la pandemia, por lo que la foto sobre la que se calcule el patrimonio será mentirosa.

9. Los planteos de confiscatoriedad caerán sobre activos que no generen renta.


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