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Hoy es el último día para recategorizar el monotributo

Este jueves vence el plazo para que los contribuyentes realicen la recategorización según sus ingresos brutos percibidos en 2021

Redacción
20/01/2022 12:10
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Este jueves vence el plazo para poder realizar la recategorización del monotributo y quienes aún no hayan hecho este trámite, tendrán tiempo durante la jornada de este jueves, ingresando en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De esta manera, aquellos contribuyentes que hayan sobrepasado determinados montos de facturación en el acumulado del 2021, deberán realizar esta recategorización y esto responde a lo informado por la AFIP, de que se trata de “un procedimiento obligatorio”.

¿Cómo se sabe si se debe cambiar o no de categoría en el monotributo?

Para poder determinar si corresponde una recategorización por parte del contribuyente, se deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses y a su vez, cotejarlos con los nuevos valores de las categorías.

Estos valores están disponibles en la página monotributo.afip.gob.ar.

Para citar algunos ejemplos, en lo que respecta a la categoría “A”, la misma pasó a tener un tope de $466.201,59 para todo el ingreso acumulado de 2021, lo que equivale a un ingreso mensual en promedio de $38.850,13. En este caso, el importe del monotributo por mes que el contribuyente debe abonar es de $3.334,24.

Esto significa que quienes hayan sobrepasado ese ingreso anual, y que pertenecen a la categoría “A”, deberán recategorizarse.

La categoría máxima, la “K” fija como tope máximo de ingresos brutos en todo el 2021 $4.662.015,87, lo que equivale a un promedio de ingresos de $388.501,32 mensuales. En este caso, el importe que el contribuyente debe abonar es de $25.090,13.

 

 

¿Cuándo se deberán abonar los importes de la recategorización?

”El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización”, señalaron desde la AFIP en la presentación del instructivo.

Asimismo, este organismo recaudador precisó que “no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el régimen simplificado”.

”En cambio si el período es entre seis y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización”, continuaron precisando.

¿Cómo se debe realizar el trámite de la recategorización?

Para todos aquellos que aún no hayan realizado este trámite de la recategorización, la AFIP sumó en su sitio oficial un tutorial con seis pasos explicando el procedimiento:

  • Ingresar a la web monotributo.afip.gob.ar o bien descargar la aplicación móvil en afip.gob.ar/celular/apps/mi-monotributo.asp.
  • Indicar CUIT, clave fiscal y presionar “aceptar”.
  • Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
  • Seleccionar la opción “Continuar recategorización”.
  • Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).
  • Indicar la opción “Imprimir credencial”.

Fuentes del organismo informaron que “en caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite”.

 
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