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Estos son los datos que se deberán informar para ingresar al blanqueo de la construcción

La medida abarca los casos de los fondos afectados al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios, los fondos afectados a la adquisición de inmuebles usados y de los titulares vendedores

Redacción
16/01/2023 12:33
Foto: Web
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Los sujetos que adhieran al programa de blanqueo de capitales para reactivar la construcción deberán informar, con carácter de declaración jurada, datos concretos del destino de los fondos declarados.

Así fue establecido tras la modificación de la resolución general 4.976 publicada hoy en el Boletín Oficial, que aclara que esa información se canalizará a través del servicio denominado "Régimen Informativo Normalización", disponible en el sitio web de la AFIP.

En el caso de los fondos afectados al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios se informará el o los códigos de registro de proyecto inmobiliarios (COPI).

En cambio, si los fondos se afectan a la adquisición de inmuebles usados se deberá detallar monto destinado a la adquisición, datos de la vivienda y de los titulares vendedores a quienes se les transfieren los fondos.

Foto: Web



El Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina en un procedimiento de exteriorización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en construcción.

Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos que obtengan rentas de la tercera categoría del Impuesto a las Ganancias, residentes en el país, podrán declarar hasta el 17 de agosto de este año de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior que no hubiera sido declarada al 12 de marzo de 2021.

Todos los datos que se recaben a partir del programa de normalización estarán alcanzados por el secreto fiscal.

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