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Diputados dio media sanción a la producción de cannabis medicinal en Mendoza

21/10/2020 13:37

El proyecto que regula la investigación científica y el uso medicinal y terapeútico de la planta de cannabis pasó al Senado para convertirse en ley.

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de José María Videla (FR) por el cual se regula en la provincia la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de la planta de Cannabis.

El proyecto obtuvo el voto unánime en su tratamiento en general, mientras que en particular los diputados Mario Vadillo y Mercedes Llano votaron negativamente los artículos 2° y 3°, y Mailé Rodríguez, del FIT, se abstuvo en los mismos artículos.

Cabe recordar que previamente, esta iniciativa obtuvo los avales correspondientes de las comisiones de Salud, de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto, donde se le acumularon proyectos de similar tenor, de los diputados Germán Gómez (FdT-PJ), Hebe Casado (PRO) y Eduardo Martínez (PI).

El texto aprobado dispone la adhesión de Mendoza a la Ley Nacional N° 27.350 de “Investigación médica y científica del uso medicinal de plantas del género Cannabis SP y sus derivados”, siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia, en todas las etapas de la cadena de valor en conformidad con la normativa vigente.

Establece además que el Poder Ejecutivo propiciará la participación de personas humanas o jurídicas públicas o privadas para el desarrollo de proyectos productivos, los que podrán comprender todas las etapas de la cadena de valor.

Para ello, podrá desarrollar, adoptar  y coordinar pautas y protocolos precisos de investigación, cultivo, producción, comercialización y podrá coordinar las acciones que sean necesarias para promover el establecimiento, explotación de cultivos de Cannabis sp en todas sus variedades, su industrialización y/o transferencia de tecnología con fines científicos, medicinales y terapéuticos, y desarrollar mecanismos destinados a implementar iniciativas económicas para la producción, transformación y/o distribución de derivados de grado médico.

Por su parte, los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de Economía y Energía, tramitarán ante el Estado Nacional, todas y cada una de las autorizaciones y convenios que fueran necesarios de conformidad con las exigencias legales de calidad, seguridad y eficacia requeridos por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) o el organismo que en el futuro la reemplace.

Asimismo, el Ministerio de Salud promoverá los acuerdos que sean necesarios con la cartera sanitaria nacional para simplificar y agilizar los trámites establecidos por la normativa nacional y provincial que regula la materia.

En tanto, el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia efectuará las reasignaciones presupuestarias para el cumplimiento de esta Ley.


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