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Se oficializaron las nuevas habilitaciones que rigen en Mendoza

16/12/2020 04:40
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Mediante la publicación en el Boletín Oficial el Decreto 1650 a través del cual el Gobierno de Mendoza dispuso nuevas habilitaciones en la provincia en el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

El Gobierno dispuso de nuevas habilitaciones orientadas a cuidar la salud de los mendocinos, y al mismo tiempo, colaborar con el empleo y la reactivación de la economía. Podrá haber eventos al aire libre de hasta 250 personas y no habrá restricciones de horario para circular en la vía pública, entre otros puntos.

En la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio que rige en la provincia de Mendoza, el esfuerzo de los ciudadanos y al respeto por los protocolos sanitarios, han logrado una importante disminución en los contagios, durante las últimas semanas. En este sentido, el gobernador Rodolfo Suarez establece nuevas habilitaciones para todo el territorio provincial, a través de un nuevo Decreto que saldrá en el Boletín Oficial este miércoles.

Estas medidas son en virtud de que se hace necesario buscar un razonable equilibrio entre las actividades económicas que se han habilitado hasta la fecha, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud.

La ampliación de horario de circulación y atención en los comercios apunta, principalmente, a evitar la aglomeración de personas, sobre todo en los próximos días festivos.

Se insta a la población a continuar con la responsabilidad ciudadana y a disfrutar de las próximas festividades como también de la temporada estival de manera responsable en el cuidado de la propia salud, lo que redunda en beneficio de todo el conjunto.

Circulación en la vía pública

Desde este miércoles, en Mendoza no hay restricciones de horarios para circular en la vía pública.

Horarios de atención y servicios

La nueva norma establece que podrán adaptarse horarios para cada actividad conforme con las disposiciones municipales y normativa vigente en la materia.

Eventos y reuniones sociales

Este tipo de actividades se podrán realizar cumpliendo las siguientes condiciones:

  • Deben realizarse en espacios habilitados al aire libre;
  • La cantidad de asistentes estará determinada a razón de una (1) persona por cada 1 mt2 (un metro cuadrado) de superficie, y hasta un máximo de doscientas cincuenta (250) personas.
  • Aquellos lugares habilitados a la fecha que no cuenten con espacio al aire libre, podrán funcionar bajo la modalidad de restaurante, en las condiciones establecidas para tal rubro
  • No podrán ubicarse más de seis (6) personas por mesa y se deberá respetar la distancia de dos (2) metros entre cada mesa;
  • Deberán respetarse las normas vigentes sobre distanciamiento social, higiene y utilización de cubreboca;
  • Para la organización de cualquier tipo de evento no contemplado en la presente norma, deberá obtenerse la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad.

Asimismo, las autoridades recomendaron a la población programar salidas seguras, extremando los cuidados individuales que tiendan a evitar la propagación del virus, como el uso del tapabocas, el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social y evitar lugares donde haya aglomeración de personas.

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