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El Gobierno Nacional analiza flexibilizar los requisitos para el ingreso al país

Alberto Fernández y Carla Vizzotti analizaron la posibilidad de eliminar la solicitud de "un test de ingreso para simplificar la circulación" para quienes provengan de países vecinos.

Redacción
20/01/2022 18:55

El Gobierno evalúa la posibilidad de flexibilizar "los requisitos para el ingreso" a la Argentina desde países limítrofes en el marco de la pandemia de Covid-19 y el avance de la variante Ómicron.

Así lo afirmó esta tarde la ministra de Salud, Carla Vizzotti, quien señaló que abordó el tema en una reunión con el presidente Alberto Fernández, en la Quinta de Olivos.

En una conferencia de prensa que la ministra brindó en la Casa Rosada para actualizar la situación epidemiológica en nuestro país, sostuvo que habló con Fernández sobre la posibilidad de eliminar la solicitud de "un test de ingreso para simplificar la circulación" entre los países vecinos.

Indicó que el Presidente pidió que se avance para que "los y las argentinas que vienen desde el exterior o residentes, y estén vacunados, tampoco necesiten realizarse un test diagnóstico" y, de esta manera, "simplificar la normativa".

La funcionaria aclaró que aquellos que no estén vacunados tendrán que cumplir con todos los requisitos que indica el protocolo para ingresar al país y continuar "con el aislamiento".

De acuerdo con el protocolo vigente, ciudadanos argentinos como extranjeros mayores de 6 años deberán realizarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre el tercer y quinto día de su arribo, sea por vía aérea, fluvial o marítima.

Según la Decisión Administrativa 1316/2021, publicada el 30 de diciembre de 2021 en el Boletín Oficial, "todo pasajero o pasajera que viaje a Argentina debe contar con la siguiente documentación: declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones; prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las setenta y dos horas previas al inicio del viaje".

En tanto, deberán contar con un certificado de alta médica emitido dentro de los noventa días previos que justifique un PCR positivo, que acredite que tuvo la enfermedad en ese lapso, correspondiéndole dicha alta médica.

Fuente: Cronista

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